Declaración de la renta
Se realiza la verificación, modificación y presentación del borrador de la Declaración de la Renta previamente solicitado por el contribuyente.
Opciones donde solicitar el borrador
En las instalaciones de la Administración Tributaria.
Por teléfono
a
a
A través de internet
a
Documentación necesaria
Si ya has realizado la Declaración de la Renta con nosotros en años anteriores, te recomendamos que nos visites en la Gestoría y traigas el sobre correspondiente al ejercicio anterior. En el caso de nuevos clientes, será necesario que traigas una copia de la declaración de la renta del ejercicio pasado o tengas activo el sistema cl@ve.
Rendimientos del trabajo
- En caso de no disponer del certificado de retenciones emitido por la(s) empresa(s), no es necesario proporcionarlo, ya que esta información se encuentra incluida en los datos fiscales obtenidos de la Agencia Tributaria.
- En el caso de haber realizado pagos a sindicatos como Comisiones Obreras (CCOO) o la Unión General de Trabajadores (UGT), es necesario presentar una copia de dichos pagos.
- Si has satisfecho cuotas a colegios profesionales que sean obligatorias para el ejercicio de tu profesión, es importante que aportes una copia de los comprobantes de pago correspondientes.
Rendimientos procedentes del banco
La información fiscal proporcionada por los bancos puede ser relevante para el proceso de declaración de impuestos. Sin embargo, si no dispones de dicha información bancaria, no te preocupes, ya que estos datos pueden ser obtenidos directamente de los datos fiscales proporcionados por la Agencia Tributaria. Por lo tanto, no es necesario presentarla durante la cita previa.
Ingresos por alquiler de inmuebles
Es necesario que traigas a la gestoría la siguiente documentación:
- Original o copia de la escritura de compraventa del inmueble(s).
- Original o copia del contrato(s) de alquiler.
- Original o copia de los gastos habituales y necesarios para la obtención de los ingresos, como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), recibos de pago del seguro de la casa, la comunidad de propietarios, copias mensuales de los recibos pagados de hipoteca, etc.
- Original o copia de las facturas de cualquier otro gasto relacionado con el alquiler. En este caso, es importante proporcionar a la Agencia Tributaria información detallada, como la razón social, CIF/NIF, base imponible, IVA y número de factura. Solo se considerará válido el uso de facturas, no siendo suficiente una factura simplificada.
Ganancias o perdidas patrimoniales
- En el caso de venta de fondos de inversión, es necesario presentar el documento emitido por el banco que contenga las fechas e importes de compra y venta. Esta información también puede encontrarse en los datos fiscales proporcionados por la Agencia Tributaria.
- Para la venta de acciones, es indispensable traer un documento bancario que incluya las fechas y los valores de compra y venta. Aunque el valor de venta suele aparecer en los datos fiscales, los datos de compra no suelen estar incluidos en el borrador de la Agencia Tributaria. Por lo tanto, es un dato indispensable que debes proporcionar durante la cita previa en la gestoría.
- En el caso de la venta de un inmueble, es necesario aportar la escritura de adquisición del inmueble, junto con todos los gastos realizados en la adquisición (como compra, donación o herencia). Además, se requiere el original o una copia de la escritura de venta, que incluya todos los gastos generados en la transacción (como comisiones de la inmobiliaria, plusvalía municipal, etc.). Es importante mencionar que, en el caso de adquisición por herencia, se debe tener en cuenta el valor del inmueble al momento de recibirlo, ya que en muchas ocasiones la elevación a público de la herencia ocurre posteriormente, y el valor consignado como el de adquisición puede no ser el correcto para la declaración de la renta. Debe ser el valor a la fecha del fallecimiento y no en la fecha de la elevación a público.
Rendimientos de actividades economicas
Para la confección de la declaración de la renta en la cita previa, es necesario que traigas la siguiente información:
- Acumulados totales de los ingresos y gastos realizados durante el ejercicio en el desarrollo de tu actividad profesional. Esto incluye todos los ingresos obtenidos y los gastos relacionados con tu actividad.
- Libros registros: Debes haber realizado anualmente la confección de los libros registros, donde quede constancia de cada una de las facturas emitidas y recibidas durante el ejercicio fiscal. Estos libros son esenciales para respaldar tus operaciones y gastos.
Deducciones y reducciones
- La deducción por el pago de la hipoteca de la vivienda habitual es aplicable para la adquisición de la vivienda antes del 31 de diciembre de 2012, y la información correspondiente ya aparece en el borrador de la declaración de la renta generado por la Agencia Tributaria.
En caso de que la primera hipoteca se haya modificado, es necesario traer copia de la escritura de compra de la vivienda habitual y de la escritura de la hipoteca inicial, así como cualquier modificación posterior. Esto se requiere para calcular el porcentaje de deducción correspondiente al primer préstamo para la adquisición de la vivienda habitual.
- Deducción por el alquiler de la vivienda habitual, para la aplicación de esta deducción se necesita traer el NIF del propietario o propietarios y la referencia catastral del inmueble donde viven. Además, se deben cumplir los requisitos establecidos para ser beneficiario de la deducción, ya que la Agencia Tributaria verifica su cumplimiento. Algunos de estos requisitos incluyen tener el justificante del ingreso de la fianza en el IVIMA y haber pagado la cuota del ITP en la Comunidad de Madrid.
La deducción tiene dos variantes: la deducción estatal y la deducción autonómica. La deducción estatal se aplica a los contratos de arrendamiento celebrados antes del 1 de enero de 2015 y cuando la base imponible sea inferior a 24.107,20€ anuales. La deducción autonómica, en el caso de la Comunidad de Madrid, se aplica a los menores de 35 años o de 40 años si están desempleados, con un límite de 25.620,00€ para declaraciones individuales y 36.200,00€ para declaraciones conjuntas de la suma de la base general y del ahorro de la declaración de la renta.
Además de cumplir con los requisitos económicos, es necesario tener una copia del resguardo de la fianza entregada al casero y haber liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) derivado del arrendamiento de vivienda. En caso de que el casero no deposite la fianza o no proporcione una copia del depósito, es necesario tener una copia de la denuncia ante la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
- Aportaciones a Planes de pensiones: La Agencia Tributaria ya proporciona los datos sobre las aportaciones a Planes de Pensiones en los datos fiscales. Sin embargo, es recomendable tener en posesión el certificado de aportaciones emitido por la entidad correspondiente.
- Reducción por la pensión compensatoria al cónyuge y anualidades por alimentos a favor de los hijos: Para poder aplicar esta reducción, se requiere el nombre y apellidos de los hijos y/o cónyuge, así como el número de NIF de cada uno. El importe a deducir debe coincidir exclusivamente con el importe establecido en la sentencia judicial, incluyendo las actualizaciones correspondientes. En caso de que Hacienda realice una comprobación en el futuro, solo se aceptarán los importes establecidos en la propia sentencia.
Certificado de minusvalia
Si usted tiene algún problema de salud que pueda resultar en un grado de minusvalía, le recomendamos que solicite la valoración correspondiente a través de nuestra Gestoría administrativa. Obtener un certificado de minusvalía puede ser beneficioso desde el punto de vista fiscal, lo que le permitirá ahorrar en su factura fiscal anual. Para determinar si cumple con los requisitos necesarios para solicitar una minusvalía, le sugerimos que consulte con su médico de cabecera y obtenga los informes médicos necesarios que respalden su solicitud. Estaremos encantados de ayudarle con el proceso de solicitud y brindarle la asistencia necesaria.
