Renovación de residencia

En nuestra gestoría, nos especializamos en la tramitación de la prórroga de la autorización de estancia en casos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales y servicios de voluntariado. También ofrecemos servicios para gestionar la prórroga de estancia de los familiares que acompañan a los estudiantes o participantes en estas actividades. Nuestro objetivo es facilitar todos los trámites necesarios para solicitar y obtener la prórroga correspondiente de forma eficiente y efectiva.

Para solicitar la renovación del Número de Identificación de Extranjero (NIE) como estudiante, se deben cumplir los siguientes requisitos:
  • Ser un ciudadano extracomunitario, es decir, no pertenecer a la Unión Europea, países del Espacio Económico Europeo o Suiza, a menos que se sea familiar de ciudadanos de estos países mencionados.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores por delitos que estén contemplados en la legislación española.
  • No estar sujeto a una prohibición de entrada en España ni figurar como una persona que pueda ser rechazada en el territorio de países con los cuales España tenga firmado un convenio en este sentido.
  • En el caso de estudiantes menores de edad que no estén acompañados, se requiere contar con la autorización de los padres o tutores legales.

Documentación necesaria

 

Los documentos necesarios para presentar la solicitud de renovación del permiso de residencia por estudios son los siguientes:

  1. Modelo de Solicitud EX-00 debidamente cumplimentado.
  2. Copia completa del pasaporte, incluyendo todas sus páginas, tanto las selladas como las no selladas.
  3. Demostrar disponer de recursos económicos suficientes para cubrir los gastos diarios durante la estancia en España por motivos de estudios, así como para el retorno al país de origen. Esto aplica tanto al titular de la autorización por estudios como a los familiares que le acompañan y dependen de dicha autorización inicial.
  4. Contar con un seguro médico público o privado que brinde las mismas coberturas médicas que los residentes en España y que cumpla con los requisitos establecidos por la Seguridad Social española. Se recomienda adjuntar el recibo de pago del seguro médico.
  5. Acreditar la continuación de los estudios después de haber superado las pruebas para las cuales se otorgó la autorización inicial, o bien presentar la admisión en nuevos estudios oficiales. Esto se puede hacer mediante una copia de la matrícula o un certificado que lo acredite.
  6. En caso de estar realizando prácticas no laborales o servicios de voluntariado, se debe demostrar la continuidad de dichas actividades.
  7. Presentar el certificado de calificaciones del estudiante, el cual debe reflejar el rendimiento académico en los estudios realizados hasta el momento y mencionar el plazo de estudios pendientes por completar.
  8. Abonar la tasa correspondiente establecida para la renovación.

¿Quién puede presentar la renovación del NIE?

El extranjero es el sujeto legitimado para presentar la solicitud de renovación del NIE (Número de Identificación de Extranjero) por estudios, y en el caso de ser menor de edad, sus padres, tutores o representantes legales también pueden realizar la presentación. Se recomienda utilizar la plataforma «Mercurio» de la sede electrónica de extranjería en lugar del registro electrónico, ya que esto ayudará a evitar retrasos en el proceso de expediente, ya que la Administración otorga prioridad a los expedientes tramitados por la sede electrónica.

El plazo para presentar la solicitud es de 60 días naturales antes de la fecha de caducidad del permiso de residencia y hasta 90 días naturales después de la caducidad. Si la solicitud se presenta dentro de este plazo, la autorización por estudios se prorrogará automáticamente hasta que se resuelva la solicitud.

Una vez presentada la solicitud de renovación del NIE por estudios, la administración tiene un plazo de tres meses para llevar a cabo la tramitación y notificar la resolución. Si no se recibe notificación dentro de este plazo, se considerará que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Es importante verificar si la resolución ha sido notificada en el Tablón Edictal Único (TEU) a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/notificaciones/. Esto es especialmente relevante en caso de no haber recibido ninguna notificación en el domicilio debido a circunstancias diversas que impidieron la notificación por correo certificado postal.